viernes, 2 de diciembre de 2011

Pasos de peatones elevados

En un post anterior informé de la muerte del inventor de los pasos de peatones, el inglés George Charlesworth, y preguntaba al final, de manera irónica, sobre los pasos de peatones elevados.

La práctica habitual es utilizar los pasos de peatones elevados como elementos reductores de la velocidad en las travesías y calles urbanas.

Para ello, la Consejería de Fomento de la Junta de Extremadura ha aprobado la "Instrucción técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta en la Red de Carreteras de Extremadura", mediante la Orden de 10 de febrero de 2009, publicada en el D. O. E. nº 40, del 27 de febrero de 2009. (PDF).

Esta instrucción intenta poner orden a la diversidad de pasos de peatones elevados construidos.

La Orden indica los criterios de implantación, los de diseño y la equipación de señales necesarios.

Los materiales utilizados deberán garantizar su estabilidad, unión a la calzada, indeformabilidad y durabilidad. Pueden ser in situ, como el hormigón o materiales de componente asfáltico, con adecuados coeficientes de rozamiento o prefabricados.

La implantación será en tramos donde las velocidades requeridas estén comprendidas entre 30 y 50 km/h.

El perfil longitudinal de los pasos peatonales elevados trapezoidales comprende una zona sobreelevada y dos partes en pendientes, llamadas rampas.

  • La altura será de 10 cm (más/menos 1 cm).
  • La longitud de la zona alevada será de 4 m (más/menos 20 cm) con casos excepcionales de longitudes inferiores hasta un mínimo de 2,50 m.
  • La longitud de rampas entre 1 m (para zona con 30 km/h)  y 2,5 m (para zona de 50 km/h).
Estos pasos deben venir acompañados de la correspondiente señalización horizontal y vertical.

Señalización horizontal paso de peatones elevado

Señalización vertical paso de peatones elevado
En esencia es la transposición de la Orden del Ministerio de Fomento del 2008. (PDF). Ésta daba un plazo de dos años para la adaptación de todos los pasos de peatones elevados que estuvieran fuera de norma, pero en las carreteras de su Red. Por lo que sorprendentemente hace dejación de su competencia en el establecimiento de legislación básica sobre el tráfico y la circulación de vehículos a motor que le otorga la Constitución.

Esto ha hecho que algunas Comunidades Autónomas hayan procedido a transponer dicha Orden para su cumplimiento en las carreteras de su titularidad.

En Extremadura, la aprobada por la Consejería de Fomento para las carreteras de su Red, establece un plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor (28 de febrero de 2009), pero no es aplicable para travesías urbanas de titularidad de los propios ayuntamientos. Éstos al no tener una normativa aprobada y no ser aplicable la del Ministerio de Fomento, porque así él lo ha querido, o la de su Comunidad, si la hubiera transpuesto, construyen pasos según su propio criterio.

En algunos casos suponen verdaderas barreras difícilmente franqueables, como los de Mérida a base de adoquines, que no sólo consiguen reducir la velocidad a los 50 km/h según el Código de la Circulación, sino que lo disminuyen, arbitrariamente, hasta 20 km/h.
 
Uno de los infranqueables pasos de peatones elevados en adoquinado en Mérida
Estos pasos, que en algunos casos parecen verdaderos muros, pueden dar lugar a que un vehículo que discurra a la velocidad genérica en travesías urbanas, 50 km/h, al "chocar" contra ellos pueda perder el control de la dirección e invadir, paradójicamente, la acera y atropellar a peatones.

Esta situación, que puede parecer improbable, puede llegar a producirse y entonces empezará la investigación de la justicia para buscar el responsable "del invento", que es cierto que reduce la velocidad, pero no está tan claro que reduzca la peligrosidad.

Porque el artículo 5.2. del vigente Reglamento General de Circulación dice que "no se considerarán obstáculos en la calzada los resaltos en los pasos para peatones y bandas transversales, siempre que cumplan la regulación básica establecida por el Ministerio de Fomento y se garantice la seguridad vial de los usuarios y, en particular, de los ciclistas".

A buen entendedor, pocas palabras bastan.

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